Idealista alerta sobre las dudas que genera el nuevo certificado de amianto en Cataluña
El portal inmobiliario Idealista ha alertado de la incertidumbre que está generando en el sector la entrada en vigor, el próximo 3 de octubre, de la nueva Ley de Erradicación del Amianto en Cataluña, que exige la entrega de un certificado de presencia o ausencia de este material para determinadas operaciones de venta y alquiler de inmuebles.
Según recoge Idealista/news, notarios, registradores, entidades financieras y agentes inmobiliarios afrontan la aplicación de la medida con dudas sobre cómo deberá incorporarse el certificado de amianto a las operaciones inmobiliarias y qué consecuencias puede tener su ausencia en el momento de formalizar una compraventa o un arrendamiento.
La exigencia está contemplada en la Ley 8/2026 de erradicación del amianto en Cataluña. Sin embargo, la propia norma dispone de un plazo para su posterior desarrollo reglamentario, lo que ha dejado pendientes algunos aspectos prácticos de su aplicación.
Idealista recoge, entre otras, la preocupación expresada por representantes del Colegio Notarial de Cataluña y del Colegio de Registradores de España ante la posibilidad de que la falta del certificado pueda dificultar temporalmente algunas operaciones. El sector espera que la Generalitat concrete los criterios de aplicación para aportar mayor seguridad jurídica.
¿Qué debe indicar el certificado?
Mientras se desarrolla el reglamento, la Agencia de Residuos de Cataluña ha publicado unas indicaciones básicas sobre el documento. Según recoge la información de Idealista, el certificado deberá acreditar, como mínimo, la presencia o ausencia de amianto visible, el estado de conservación de los materiales que puedan contenerlo y el riesgo que estos puedan representar para las personas.
La Agencia también ha elaborado un modelo básico de certificado que, mientras no exista un desarrollo reglamentario definitivo, puede ser emitido por profesionales de arquitectura, arquitectura técnica, ingeniería e ingeniería técnica dentro del ámbito de sus respectivas competencias.
Cuestiones todavía pendientes
La noticia publicada por Idealista también señala que siguen existiendo dudas sobre el alcance exacto de la obligación, los inmuebles afectados, las operaciones en las que deberá aportarse el documento y el coste que tendrá su obtención.
Por ello, los distintos actores del mercado permanecen pendientes de las directrices que pueda publicar la Generalitat para concretar la aplicación de la nueva normativa.
Fuente: información publicada por Idealista/news el 30 de septiembre de 2026.

Escrito por
Luis Orlando León Carpio
Periodista y Redactor de Contenidos
Periodista con una década de experiencia en medios de Cuba y colaboraciones en Latinoamérica, Estados Unidos y Europa. Máster Erasmus Mundus en Periodismo, Medios y Globalización. En Gestión del Amianto investiga y redacta los contenidos sobre normativa, ayudas y actualidad del amianto en España.








